Objetivo y fines de la convocatoria
La presente convocatoria regula el Programa de Formación mediante prácticas formativas en empresas dirigidas a titulados/as de la Universidad de Salamanca, sin experiencia laboral relacionada con la titulación, a través de estancias formativas en empresas cuyo centro de trabajo se sitúe en territorio nacional.
Con esta convocatoria pretendemos que los/as titulados/as de la Universidad de Salamanca obtengan una primera experiencia pre-profesional relacionada con su titulación, conozcan la realidad laboral, mejorando así sus posibilidades de inserción profesional.
Marco legal de la convocatoria
Esta convocatoria se adapta a la normativa reflejada a través del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación.
Destinatarios
- Titulados/as de la Universidad de Salamanca (diplomatura, licenciatura, grado o máster oficial), sin que haya transcurrido más de cuatro años desde la obtención del título.
- No haber tenido una experiencia laboral relacionada con la titulación superior a tres meses, una vez finalizados los estudios.
- No haber disfrutado de otra práctica dentro del Programa Clave superior a tres meses para realizar prácticas en una empresa situada en el territorio nacional.
- Estar inscrito/a en el Servicio Público de Empleo como demandante de empleo.
Caracteristicas de las estancias
- Dado el carácter formativo de estas prácticas, se regulan mediante convenios de colaboración universidad-empresa, sin que exista relación laboral alguna entre la empresa y el becario.
- La estancia formativa tendrá una duración mínima de tres meses y máxima de 12 meses ininterrumpidos. En el caso de que se produzca una renuncia durante las prácticas y se proceda a sustituir a esta persona en la empresa la duración de las prácticas podrá tener una duración inferior a 3 meses.
- El horario mínimo de prácticas será del 85% de la jornada laboral vigente en la empresa o institución, según convenio colectivo de aplicación en cada una de ellas.
- Durante el periodo de prácticas el/a beneficiario/a no podrá tener un trabajo remunerado salvo que se encuentre en situación de amenaza de exclusión del mercado laboral, y este trabajo no sea acorde a la titulación por la que accedió a Programa Clave. Se entiende como amenazados/as de exclusión, los/as trabajadores/as inscritos/as en el Servicio Público de Empleo que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
- Que haya suscrito un contrato de trabajo de duración no superior a 3 meses.
- Contratados/as a tiempo parcial con una jornada no superior a 20 horas/semana.
- Esta beca será incompatible con otras becas o ayudas económicas con cargo a fondos públicos o privados para el mismo fin.
- Dado el carácter formativo de las prácticas, la concesión y disfrute de las mismas no establece relación laboral ni con la Fundación General ni con la empresa o institución donde realiza las prácticas, in implica compromiso de contratación laboral posterior.
- La Fundación General Incorporará a el/a becario/a al Régimen General de la Seguridad Social, con la consiguiente afiliación y/o alta, así como la baja en dicho régimen, conforme establece el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación.
Dotación económica
La dotación económica mínima será de 525€ brutos mensuales (se realizará una retención del 2% en concepto de IRPF).
Relación entre el beneficiario, la empresa y la Fundación
Dado el carácter formativo de estas prácticas, se regulan mediante convenios de colaboración universidad-empresa, sin que exista relación laboral alguna entre la empresa y el becario.
La Fundación General de la Universidad de Salamanca, como entidad encargada de la gestión de este programa de prácticas, además de recibir las solicitudes de los candidatos a becarios llevará a cabo las siguientes acciones:
1.- Asegurará la selección objetiva tanto de proyectos formativos como de becarios, garantizando la total confidencialidad del proceso y los principios de igualdad, mérito y capacidad.
2.- Suscribirá un convenio con cada entidad receptora con las condiciones de desarrollo de la formación práctica.
3.- Supervisará las estancias de los becarios y realizará el seguimiento permanente a través de un programa de tutoría académica.
4.- Incorporará a el/a becario/a al Régimen General de la Seguridad Social, con la consiguiente afiliación y/o alta, así como la baja en dicho régimen, conforme establece el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación.
5.- Gestionará de forma global el programa realizando:
- la gestión económica de las becas.
- la evaluación de las estancias prácticas a través de los informes de los tutores y del becario.